En el derecho, el concepto de persona física es esencial, ya que se refiere a todo ser humano considerado como sujeto de derechos y obligaciones. Este concepto es fundamental en el sistema jurídico, pues regula la participación de los individuos en las relaciones jurídicas desde su nacimiento hasta su muerte.
La persona física tiene la capacidad de ser titular de derechos y obligaciones, lo que se conoce como personalidad jurídica. En este artículo, exploraremos qué es la persona física, la personalidad jurídica, cómo se inicia y se termina la personalidad según la ley mexicana, y las principales teorías de la personalidad jurídica.
Definición de Persona Física
Una persona física es cualquier ser humano considerado como sujeto de derechos y obligaciones, independientemente de su edad, género, nacionalidad o condición social. Toda persona física, desde el momento de su nacimiento, es reconocida por el derecho como un sujeto capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones. Este reconocimiento legal es lo que permite a los individuos actuar dentro del marco jurídico de una sociedad.
En términos simples, el derecho considera a las personas físicas como individuos jurídicos con la capacidad de interactuar en el mundo del derecho. Esta capacidad implica tanto el goce de derechos (como la propiedad, la libertad, la vida) como la asunción de obligaciones (como pagar impuestos, respetar contratos, etc.).
La Personalidad Jurídica
La personalidad jurídica es el atributo que otorga a una persona física la capacidad de ser titular de derechos y obligaciones dentro de un sistema legal. En otras palabras, la personalidad jurídica es lo que le permite a un individuo participar activamente en el mundo jurídico, adquirir bienes, celebrar contratos, exigir derechos y cumplir con sus deberes.
La personalidad jurídica se adquiere con el nacimiento con vida y se extingue con la muerte. Sin embargo, en algunos casos, como el del nasciturus (el concebido no nacido), se le concede cierta protección legal a la persona desde el momento de la concepción, aunque su plena personalidad jurídica solo se perfecciona al nacer con vida.
Ejemplo: Un niño que nace con vida tiene plena personalidad jurídica desde su nacimiento. Puede ser titular de derechos, como heredar bienes o recibir una pensión, y a su vez está protegido por el Estado.
Inicio de la Personalidad Jurídica según el Código Civil Mexicano
El artículo 22 del Código Civil Federal de México establece las bases para el inicio y la protección de la persona física en el derecho mexicano:
“ARTÍCULO 22.- La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte; pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el presente Código.”
Este artículo establece dos principios importantes:
- La personalidad jurídica se adquiere con el nacimiento: Una persona física es reconocida plenamente como sujeto de derechos y obligaciones a partir de su nacimiento con vida. Desde ese momento, puede ejercer sus derechos y asumir sus obligaciones de manera efectiva dentro del marco jurídico.
- Protección del concebido no nacido: El nasciturus, o concebido no nacido, entra bajo la protección de la ley desde el momento de la concepción. Aunque no tiene personalidad jurídica plena, se le considera nacido para ciertos efectos declarados en el Código Civil. Esto significa que el nasciturus puede ser titular de derechos condicionados a su nacimiento con vida, como derechos hereditarios o derechos patrimoniales. Ya analizaremos las distintas teorías de la personalidad jurídica en el siguiente articulo.
Ejemplo: Si un padre fallece mientras su esposa está embarazada, el hijo concebido (nasciturus) tiene derecho a heredar, siempre que nazca con vida. Este derecho está protegido por la ley desde el momento de la concepción, aunque solo se perfecciona con el nacimiento.
Terminación de la Personalidad Jurídica
La personalidad jurídica de una persona física se extingue con la muerte, según lo establece también el artículo 22 del Código Civil Mexicano. A partir de ese momento, la persona deja de ser titular de derechos y obligaciones. Sin embargo, los derechos patrimoniales que haya adquirido durante su vida pueden ser transmitidos a sus herederos a través del proceso de sucesión.
En algunos casos, la muerte puede ser declarada de manera formal a través de un procedimiento de presunción de muerte, cuando una persona ha desaparecido en circunstancias que hacen probable su fallecimiento, aunque no se haya encontrado su cuerpo. Este proceso permite que se inicie la sucesión de bienes o que se resuelvan asuntos legales pendientes, siempre que se cumplan los requisitos legales.
Ejemplo: Si una persona desaparece en un accidente aéreo y no se encuentra su cuerpo, después de un tiempo, sus familiares pueden solicitar la presunción de muerte ante un juez, para que los bienes del desaparecido sean repartidos entre sus herederos.
Conclusión
La persona física es el sujeto básico de derechos y obligaciones en el derecho civil. Su personalidad jurídica se adquiere al nacer con vida y se pierde al morir, aunque la ley mexicana protege al concebido no nacido desde el momento de la concepción para ciertos efectos legales. La interpretación de la personalidad jurídica ha sido objeto de diversas teorías a lo largo de la historia, y en México se adopta la teoría ecléctica, que otorga protección legal al concebido pero condiciona la plena personalidad jurídica a su nacimiento.
La personalidad jurídica permite a las personas físicas participar activamente en las relaciones jurídicas, adquirir derechos, contraer obligaciones y exigir el cumplimiento de la ley.