Introducción a la Teoría de los Tres Círculos de Eduardo García Máynez

La teoría de los tres círculos de Eduardo García Máynez es una tesis fundamental en la filosofía del derecho que busca establecer una relación racional entre dos grandes corrientes: el iusnaturalismo y el iuspositivismo. Esta teoría se centra en tres atributos clave del derecho: vigencia, validez intrínseca y factibilidad.

¿Qué son los tres círculos de García Máynez?

Los círculos de maynez se basan en 3 atributos fundamentales en una norma juridica:

  1. Vigencia: Se refiere a que una norma jurídica esté en vigor, es decir, que haya sido promulgada por una autoridad competente y que no haya sido derogada.
  2. Validez Intrínseca: Este atributo está asociado principalmente con el iusnaturalismo. El derecho natural se considera intrínsecamente válido porque su validez es absoluta y existe por sí mismo, sin necesidad del reconocimiento por parte de una autoridad soberana.
  3. Factibilidad: Se relaciona con la eficacia del derecho, es decir, el grado en que las normas jurídicas son efectivamente obedecidas y aplicadas en la realidad social.

Relación entre Iusnaturalismo e Iuspositivismo

  • Iusnaturalismo: Identificado como el derecho intrínsecamente válido, ya que su validez es inherente y absoluta, independientemente del reconocimiento por parte del Estado. Existe per se y no depende de la creación o reconocimiento de una autoridad soberana. 
  • Iuspositivismo: Considerado el derecho formalmente válido y positivo porque es creado o reconocido por la autoridad soberana (el Estado). Su validez depende del cumplimiento de procedimientos formales y su promulgación oficial.

Ejemplos de Normas en Diferentes Supuestos

1. Norma válida, que NO se CUMPLE, NO es JUSTA

  • Ejemplo: La pena de muerte. En algunos códigos del mundo sigue siendo vigente, pero mayormente está en desuso, y su aplicación es extraordinaria. 

2. Norma que NO tiene validez formal, pero SÍ se cumple, pero es INJUSTA

  • Ejemplo: Una costumbre arraigada en una comunidad que permite el matrimonio infantil.

3. Norma que NO tiene validez formal, NO se cumple, pero es JUSTA

  • Ejemplo: Un principio ético ampliamente aceptado, es decir los ideales. Por ejemplo, la igualdad de genero.

4. Norma formalmente VÁLIDA que sí se cumple pero es injusta

  • Ejemplo: La lapidación. Esta práctica sigue siendo valida y utilizada en algunos países del medio oriente, pero es injusta y cruel.

5. Norma formalmente VÁLIDA, es JUSTA, pero NO se cumple

  • Ejemplo: Leyes que prohíben la discriminación en el lugar de trabajo. Son formalmente válidas y justas, pero en la práctica, la discriminación sigue ocurriendo.

6. Norma que NO es formalmente VÁLIDA, es INJUSTA y se cumple

  • Ejemplo: Leyes anticorrupción. Son validas y son justas, pero en muchos, si no es que la mayoría de los casos no se aplica.

7. Norma formalmente válida, justa y se cumple

  • Ejemplo: La pensión alimenticia. Educación gratuita. 

Estos ejemplos ilustran cómo las normas pueden variar significativamente en términos de validez formal, cumplimiento y justicia.

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